Padrón de Paseadores de Perros

PADRÓN DE PASEADORES DE PERROS

Padrón de Paseadores de Perros de la Ciudad de México

Antecedentes

La necesidad de ejercitar y socializar a los animales de compañía a través de paseos cotidianos en el espacio público ha sido identificada como un nicho de oportunidad para algunas personas que prestan este servicio a cambio de remuneración económica. Esta actividad, si bien es importante para el bienestar de los animales, ha resultado frecuentemente en una serie de incidentes que comprometen de manera negativa la integridad de los perros a cargo del prestador de servicios, denuncias por maltrato animal, el uso indebido y la apropiación del espacio público, y conflictos entre ciudadanos. Lo anterior debido a falta de capacitación y negligencia de los prestadores de servicios, así como a algunas actividades delictivas como robo de animales. Por lo tanto, es necesario que esta actividad se regule para salvaguardar el bienestar animal, el uso del espacio público y evitar los conflictos entre ciudadanos o entre seres humanos y animales no humanos.

Fundamento legal
● Constitución Política de la Ciudad de México
● Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México
● Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México
● Ley del Espacio Público
● Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México
● NORMA Oficial Mexicana NOM-148-SCFI-2018, Prácticas comerciales-Comercialización de animales de compañía y prestación de servicios para su cuidado, adiestramiento y entrenamiento (cancelará a la NOM-148-SCFI-2008).

Requisitos de inscripción en el Padrón de Paseadores de Perros:

El registro en el Padrón será gratuito

Lo solicitantes deberán de ser mayores de 18 años y deberán de presentar:

Aprobar el curso: “BUENAS PRÁCTICAS PARA PASEADORES DE PERROS” 

Acreditar con calificación mínima de 8

Para completar el registro al curso, deberá enviar los siguientes documentos al correo: paseadores.agatan@gmail.com

  • Foto digital a color (jpg o png)
  • Copia de identificación oficial con fotografía (de ambos lados) (pdf)
  • Comprobante de domicilio con vigencia máxima de 3 meses (pdf)
  • Currículum vitae de los últimos 3 años (2021, 2022 y 2023) con documentos probatorios de constancias de cursos acreditados en temas de animales (entrenamiento/adiestramiento, etología/comportamiento, bienestar animal, medicina veterinaria, etc.) (pdf)


  • Beneficios:
  • Reconocimiento por parte de la AGATAN como paseador autorizado
  • Publicación de su registro en los medios oficiales de AGATAN
  • Distribución de información entre la ciudadanía como paseador de perros autorizado
  • Asesoría legal en caso de conflicto con tutores
  • Acceso autorizado a los parques caninos de la ciudad o áreas destinadas para tal fin


Listado de paseadores de perros en proceso de registro

Sistema de Datos Personales del Padrón de Paseadores de Perros en la Ciudad México